La Asociación de Periodistas de León ha suscrito un convenio con la Universidad de León para utilizar las instalaciones universitarias y poder participar de los cursos de idiomas que ofrece a través del Centro de Idiomas.
Detalles del convenio:
Primera. – agilice los futuros proyectos de colaboración entre (entidad firmante) y la
Universidad de León.
En concreto, las actuaciones inicialmente previstas son las siguientes:
1 deportivas y culturales a los periodistas de la APL en los horarios y condiciones
que rigen para los alumnos del Campus
Es objeto del presente Convenio establecer el marco adecuado que.– La Universidad de León autorizará el uso de las instalaciones públicas.
Asociación de Amigos de la ULE en cuanto al pago de tasas. En caso de existir
demanda suficiente se prevé la posibilidad de organizar clases fuera del calendario
reglado y en horarios especiales, similares a las que tienen los alumnos de la Universidad
este Convenio, ambas partes elaborarán un plan anual de actuaciones.
Tercera. – El presente Convenio se desarrollará mediante el establecimiento de
Acuerdos específicos sobre las diversas actividades o proyectos que en cada caso
puedan realizarse entre (entidad firmante) y los diferentes Departamentos
, se articularán iniciativas que promuevan elto de los medios de comunicación y su carácter social.
especificos de colaboración podrán incluir la participación de otras entidades
públicas o privadas establezcan.
Quinta. – El presente Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá
una vigencia de 5 años, pudiendo prorrogarse a su finalización las partes , Institutos y profesores de la Universidad de León, en los que se, jurídicos y económicos referentes a la actuación, o personas físicas en los términos y condiciones que se, previo acuerdo de.
Universidad de león, y el presidente de la Junta Directiva de la APl.
Dichos responsables serán los encargados del estudio y propuesta de los
proyectos y actividades a desarrollar, para su aprobación por los órganos de
decisión que corresponda. Asimismo, serán los encargados de proponer la
solución amistosa de las controversias que pudieran surgir en la interpretación y
aplicación del Convenio.
Estos responsables podrán en cualquier momento proponer a ambas partes la
modificación de las estipulaciones del presente Convenio, así como la supresión o
adición de cualquier otra que estimen oportuna.
Séptima.- El presente Convenio queda excluido del Texto Refundido de la ley de
Contratos del Sector Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 ,c) y
d) del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y tiene naturaleza
administrativa, siendo competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
la resolución de las cuestiones litigiosas que se susciten sobre el mismo.
y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas parte firman el presente
Convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.