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El Defensor del Pueblo ha cuestionado la aplicación del régimen sancionador de Ley de Seguridad Ciudadana que aprobó el Gobierno en 2015, conocida por sus detractores como ‘Ley Mordaza’. «El ejercicio de un derecho constitucional no puede nunca ser objeto de sanción», sostiene la institución tras aludir a tres multas en 2016 a periodistas cuando realizaban labores informativas y otras dos a manifestantes.

En el informe anual del organismo presidido por Soledad Becerril, recogido por Europa Press, se vuelve a mencionar cuestiones relativas al régimen sancionador de una Ley de Seguridad Ciudadana que el nuevo ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, ha dicho que está dispuesto a reformar, pero no derogar.

A partir de la protesta de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), el Defensor del Pueblo se refiere al caso de la periodista de Catalunya Ràdio que fue denunciada por desobediencia a los agentes de la autoridad el 10 de febrero en las inmediaciones de la Audiencia Nacional.

Un caso, según la institución, en el que se está a la espera de que la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid informe de la resolución definitiva que se adopte en relación con el procedimiento sancionador incoado.

Otro periodista, en este caso de la revista ‘Argia’, fue sancionado por la Delegación del Gobierno en el País Vasco por publicar en su cuenta de Twitter fotos de una detención que había tenido lugar el 3 de marzo de 2016, al entender que se trataba de un uso no autorizado de imágenes de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los términos previstos en el artículo 36.23.

«La resolución sancionadora no hacía ningún juicio de proporcionalidad, ni motivaba la constitucionalidad de la sanción impuesta, ni siquiera consideraba que pudiese existir una limitación o afectación de un derecho fundamental», advierte el Defensor del Pueblo.